Defectos construccion: prescripcion de acciones

DEFECTOS CONSTRUCCION: PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES
Bajo el régimen del Código Civil una vez detectados los daños y siempre que estos aparecieran en el plazo de 10 años, el propietario tenía o tiene un plazo de 15 años para reclamar frente a los agentes responsables.
Sin embargo la nueva LOE ha acortado los plazos tanto de garantía como los de ejercicio de acciones de manera que una vez detectado el daño o defecto de remate, de habitabilidad o estructural, el perjudicado tendrá dos años para interponer las correspondientes acciones contra los agentes responsables de la construcción del edificio. Este es un plazo sujeto a prescripción, esto es, que si no se ejercita la acción en este tiempo se pierde la posibilidad de interponerla más adelante por lo que no hay tiempo que perder.
Si ha comprado una vivienda y presenta defectos de construcción debe actuar con rapidez.
Este plazo de prescripción puede interrumpirse mediante reclamaciones extrajudiciales, por lo que es IMPRESCINDIBLE que se envíen siempre y una vez detectados los defectos, burofaxes o requerimientos notariales al promotor, constructor, arquitecto (Director de Obra) y aparejador (Director de Ejecución) detallando los daños o defectos del inmueble.
Para el caso de que se hayan realizado ya algún tipo de reparación por parte de dichos agentes y con ella no se haya conseguido solucionar el problema habrá que enviar nueva notificación exponiendo la situación.
Es habitual que en las Comunidades de Propietarios la decisión de iniciar acciones legales frente a los responsable se dilate en el tiempo por lo que es aconsejable el envío notificaciones cada año y a todos ellos reiterando la necesidad de reparar los defectos e incluso poniendo en conocimiento los nuevos que aparezcan.
Suele ser práctica común enviar las notificaciones solo al Promotor pero es un error ya que con ello no se interrumpe la prescripción respecto a los demás responsables y podemos encontrarnos con la sorpresa de que cuando finalmente decidamos ejercitar las acciones legales correspondientes estas estén fuera de plazo (prescritas).
Si una vez enviados los requerimientos no recibe respuesta alguna o esta es contraria a la reparación, no dude con ponerse en contacto con nosotros.
Teléfono: 900.100.039
e-mail: consultas@martinezechevarria.com